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Empresa instaladora y mantenedora PCI · Registro Industrial 201202

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Extintores para empresas, oficinas y locales

Te decimos cuántos extintores necesitas, de qué tipo y dónde, y los dejamos listos para la licencia o la inspección.

Extintor de CO2 de 5 kg para cuadros eléctricos y oficinas

Toda empresa con un local, una oficina o una nave necesita extintores adecuados a su riesgo, colocados donde marca la normativa, señalizados y revisados cada año por una empresa mantenedora. Te decimos cuántos necesitas, de qué tipo y dónde, te los instalamos y los dejamos listos para la licencia de apertura o la inspección. Somos empresa instaladora y mantenedora autorizada (Registro Industrial 201202).

La mayoría de los negocios piensan en los extintores dos veces: al abrir y cuando llega una inspección. Entre medias, se olvidan. Nuestro trabajo es que los extintores estén bien desde el primer día y que alguien se acuerde de revisarlos cada año por ti.

Qué obliga a una empresa a tener extintores

Tres normas, que se suman:

  • La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a cualquier empresa con trabajadores a tener medios de lucha contra incendios adecuados y a mantenerlos.
  • El Código Técnico de la Edificación (DB-SI) fija para cada uso (oficinas, comercio, hostelería, docente…) la dotación mínima de extintores y su distribución.
  • El reglamento industrial fija la dotación de naves, almacenes y talleres según su nivel de riesgo.

Además, el RIPCI regula cómo se instalan y cómo se mantienen. Y la licencia de apertura del ayuntamiento comprueba que todo esto se cumple antes de abrir.

Qué extintores necesita cada tipo de negocio

Negocio Lo habitual
Oficina Extintores de polvo ABC o de agua pulverizada (eficacia 21A-113B) en las zonas de trabajo, y uno de CO2 junto al cuadro eléctrico y la sala de servidores
Comercio o tienda Polvo ABC o agua en la zona de venta y almacén; CO2 junto al cuadro
Bar o restaurante Lo anterior más un extintor de clase F en la cocina si hay freidoras; según la potencia, extinción automática en la campana
Peluquería o centro de estética Polvo ABC o agua; CO2 junto a equipos eléctricos
Clínica o consulta Agua pulverizada o polvo; CO2 en salas con equipos
Taller Polvo ABC, espuma para líquidos inflamables, CO2 en cuadros y armarios en exterior
Almacén Polvo ABC y, según la superficie y el riesgo, carros de 25 o 50 kg

El tipo concreto se elige por lo que puede arder en cada zona. Si quieres el detalle de cada agente, consulta nuestro catálogo de extintores.

Cuántos extintores y dónde

La regla general del Código Técnico es que, desde cualquier punto donde pueda empezar una evacuación, haya un extintor de eficacia 21A-113B a no más de 15 m de recorrido, en cada planta, más uno junto a cada local de riesgo especial (cuarto de calderas, almacén de cierto tamaño, cuadro general). La parte superior del extintor debe quedar a 1,20 m del suelo como máximo y cada extintor debe tener su señal. En la práctica:

  • Una oficina pequeña de una sola planta suele necesitar uno o dos extintores de polvo o agua y uno de CO2.
  • Un local comercial con almacén, uno en la sala, uno en el almacén y el de CO2.
  • Una oficina grande o en varias plantas, los necesarios para cumplir los 15 m en cada planta.

Lo calculamos con el plano o en una visita. Si quieres conocer la normativa en detalle, lo explicamos en altura y distancia de los extintores y en ¿cuántos extintores necesita un local?.

Extintores para abrir un local

Si estás preparando la apertura, el ayuntamiento o el técnico que lleva tu licencia te pedirán que los extintores estén instalados, señalizados y con su documentación. Lo que necesitas de nosotros:

  1. El cálculo de cuántos extintores y de qué tipo, según el uso y la superficie.
  2. La instalación con soporte a la altura correcta y señal fotoluminiscente.
  3. La señalización de evacuación si el local la necesita (salidas, recorridos).
  4. La documentación de los equipos y el contrato de mantenimiento.

Si además el local necesita otras instalaciones (alumbrado de emergencia, detección), te lo indicamos.

Después de instalar: revisiones y responsabilidad

Los extintores de una empresa deben revisarse cada tres meses (lo puede hacer alguien de la empresa) y cada año por una empresa mantenedora, que deja etiqueta y acta. Cada cinco años se retimbran y a los veinte se sustituyen. Es responsabilidad del titular del negocio, y en una inspección de trabajo o tras un siniestro es lo primero que se mira. Con un contrato de mantenimiento de extintores nos encargamos de todo y te avisamos de cada fecha.

Errores que vemos en oficinas y locales

  • Solo extintores de CO2. Son buenos para el cuadro eléctrico, pero no cubren los recorridos de evacuación.
  • Extintores en el suelo o detrás de la puerta del almacén.
  • Extintores que vinieron con el local y nadie sabe cuándo se revisaron.
  • Reformas que mueven tabiques y dejan zonas a más de 15 m de un extintor.
  • Sin señalización, o con señales impresas en papel que no se ven sin luz.
  • Extintores de coche (1-2 kg) colgados en una oficina.

Empresas con varios centros

Si tu empresa tiene varias tiendas, oficinas o almacenes, podemos llevarlos todos con un único contrato y un calendario común, con un acta por centro y un resumen general. Es la forma más sencilla de que ningún local se quede sin revisar porque cambió el encargado o porque nadie se acordó. Si abrís un centro nuevo, nos avisáis y lo incorporamos al calendario desde el primer día, con su instalación y su documentación para la licencia.

Cómo pedir presupuesto

Mándanos por WhatsApp al 675 833 485 el tipo de negocio, los metros aproximados, el número de plantas y una foto o plano del local. Si ya tienes extintores, una foto de sus etiquetas. Con eso te decimos qué necesitas y cuánto cuesta, instalado y con el primer año de mantenimiento. También puedes llamarnos al 918 658 463.

Trabajamos en toda la Comunidad de Madrid desde nuestra nave de Valdemoro. Si tu empresa está en el sur, mira empresas de extintores en Madrid sur.

Preguntas frecuentes

¿Qué extintores pide la licencia de apertura de un local?

Los que exige el Código Técnico para su uso y superficie: normalmente extintores de eficacia 21A-113B a menos de 15 m de recorrido, uno junto a cada zona de riesgo especial y su señalización. El ayuntamiento comprueba que estén instalados y documentados.

¿Puedo tener solo extintores de CO2 en mi oficina?

No es suficiente. El CO2 es adecuado para equipos eléctricos, pero los recorridos deben cubrirse con extintores de eficacia 21A-113B, como los de polvo ABC o agua pulverizada.

¿La instalación incluye las señales?

Sí. Cada extintor se entrega con su señal fotoluminiscente instalada, y si el local necesita señalización de evacuación también la presupuestamos.

¿Quién es responsable de revisar los extintores de un local alquilado?

El titular de la actividad, salvo que el contrato de alquiler diga otra cosa. Conviene dejarlo claro al firmar.

Presupuesto sin compromiso

¿Tienes que instalar o revisar tus equipos contra incendios?

Cuéntanos qué edificio es, dónde está y qué tienes instalado. Te respondemos con un presupuesto que separa suministro, instalación y mantenimiento.

  • Instaladora y mantenedora autorizada (Registro Industrial 201202)
  • Recarga y retimbrado en taller propio en 24 horas o menos
  • Toda la Comunidad de Madrid y el norte de Toledo

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